Ayudas para autónomos por cese de actividad 2023

Las dificultades económicas provocadas por la pandemia han dejado una huella profunda en el tejido empresarial, donde los autónomos son uno de los grupos más afectados. Para mitigar las consecuencias, el Gobierno ha implementado nuevas ayudas por cese de actividad, reguladas por el Real Decreto-Ley 2/2021. Estas ayudas buscan proporcionar un alivio a quienes se han visto obligados a cerrar sus negocios o a experimentar una caída drástica en sus ingresos. A continuación, exploraremos las diferentes modalidades de prestación disponibles y lo que cada autónomo debe considerar al solicitarlas.
Es importante tener en cuenta las siguientes consideraciones comunes a todas las ayudas:
- Las solicitudes deben presentarse a través de la mutua colaboradora correspondiente a la Seguridad Social.
- Es necesario estar al corriente de las cuotas de la Seguridad Social, aunque se concede un plazo de 30 días para regularizar cualquier deuda antes de solicitar la ayuda.
- Si se prevé superar el umbral de ingresos netos establecido, se puede renunciar a la ayuda en cualquier momento antes del 31 de abril.
Prestación extraordinaria por cese de actividad
Esta modalidad de ayuda está destinada a aquellos autónomos que se han visto obligados a cerrar sus negocios debido a las medidas de contención impuestas por las autoridades. Es fundamental conocer cuándo y cómo solicitarla.
- Cuándo solicitarla: Desde el 1 de febrero, los autónomos tienen un plazo de 21 días para presentar su solicitud tras el cierre de su actividad. Si se presenta más tarde, la prestación comenzará a contarse desde el día de la solicitud.
- Cuantía: Se establece un pago del 50% de la base mínima de cotización, que ronda los 470 euros. Esta cantidad puede incrementarse hasta un 20% si se tiene una familia numerosa a cargo.
- Requisitos: Se debe estar dado de alta en el RETA antes del 1 de enero del año en curso y estar al corriente de las cuotas a la Seguridad Social.
- Duración de la ayuda: La prestación se concede por un máximo de 4 meses o hasta el final de las medidas anticontagio, prorrogándose al menos hasta el 31 de mayo.
- Incompatibilidades: No se puede trabajar por cuenta ajena, salvo que los ingresos sean inferiores a 1,25 veces el SMI, ni realizar actividades por cuenta propia. Esta ayuda no es compatible con otras prestaciones, salvo aquellas que ya eran compatibles antes del cierre del negocio.
- Cuotas a la Seguridad Social: Se mantiene el alta en el sistema, pero no se deberá pagar la cuota hasta el 31 de mayo o hasta el día anterior al final del mes siguiente a la finalización de las medidas anticontagio.
Prestación por cese de actividad ordinaria
Esta prestación se asemeja a la que se otorgó en 2020, pero con algunas mejoras importantes. Está diseñada para aquellos autónomos que continúan con su actividad, pero que han experimentado una caída significativa en sus ingresos.
- Cuándo solicitarla: Se puede presentar la solicitud dentro de los primeros 21 días de febrero. Si la solicitud es posterior, la prestación comenzará al día siguiente de su presentación.
- Cuantía: El 50% de la base de cotización del solicitante.
- Requisitos: Se debe demostrar que se prevé una reducción del 50% de los ingresos durante el primer semestre de 2021, comparado con el mismo periodo de 2019. Además, los ingresos no deben superar los 7.980 euros. Es necesario estar al corriente de las cuotas a la Seguridad Social y haber cotizado al menos 12 meses.
- Los autónomos que tributan por módulos también pueden acceder, siempre que se produzca una disminución del 7,5% en la afiliación de su sector.
- Duración de la ayuda: Al igual que la extraordinaria, se extiende como máximo hasta el 31 de mayo.
- Incompatibilidades: Esta ayuda es compatible con trabajos por cuenta propia y ajena, siempre que los ingresos totales no superen 2,2 veces el SMI y los ingresos del trabajo autónomo no excedan 1,25 veces el SMI.
- Cuotas a la Seguridad Social: Aunque se deben pagar las cuotas, la mutua devolverá el 98,2% de lo abonado cuando se reciba la prestación.
Opciones cuando no puedes acceder a la ordinaria
Los autónomos que no cumplen con los requisitos para acceder a la prestación ordinaria, como aquellos con menos de 12 meses cotizados o que pagan la tarifa plana, también tienen opciones.
- Cuándo solicitarla: Al igual que las otras modalidades, se debe solicitar dentro de los 21 primeros días de febrero. Si se pierde este plazo, la ayuda comenzará al día siguiente de la solicitud.
- Cuantía: El 50% de la base mínima de cotización, que es aproximadamente 480 euros.
- Requisitos: Se debe prever que los ingresos en el primer semestre de 2021 sean inferiores a los del mismo periodo de 2020, con un límite de 6.650 euros.
- Duración de la ayuda: Similar a las anteriores, se extiende por un máximo de 4 meses.
- Incompatibilidades: Se aplican las mismas incompatibilidades que en la prestación extraordinaria.
- Cuotas a la Seguridad Social: Mantendrás el alta, pero no se deberán pagar las cotizaciones.
Ayudas para autónomos de temporada
El nuevo decreto también se extiende a los autónomos de temporada, permitiendo que un mayor número de personas acceda a estas ayudas, facilitando la recuperación de este segmento tan afectado.
- Cuándo solicitarla: Dentro de los 21 primeros días de febrero. La fecha de inicio de la ayuda será el día siguiente si se presenta la solicitud fuera de este plazo.
- Cuantía: Se establece un pago del 70% de la base mínima de cotización, que equivale a 661 euros si se cotiza por la base mínima.
- Requisitos: Se debe haber cotizado como autónomo entre 4 y 6 meses en 2018 y 2019, con al menos 2 meses en el primer semestre de cada año. No se podrá haber trabajado más de 60 días por cuenta ajena en el primer semestre de 2021 o más de 120 días en el mismo periodo de 2018 y 2019. Además, los ingresos deben ser inferiores a 6.650 euros en el primer semestre de 2021.
- Duración de la ayuda: Se extiende hasta el 31 de mayo como máximo.
- Cuotas a la Seguridad Social: Se necesita mantener el alta, pero no se deberán pagar las cuotas.
Para obtener más información sobre las ayudas a autónomos, puedes consultar este video que ofrece detalles adicionales y orientaciones sobre el proceso de solicitud:
Es fundamental que cada autónomo evalúe cuidadosamente su situación y las ayudas disponibles, dado que estas pueden ser una herramienta esencial para la recuperación económica en tiempos de incertidumbre. Con la información adecuada, es posible navegar por este proceso y encontrar el soporte necesario para continuar adelante en el ámbito laboral.
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